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Subsidios

¿Qué son los subsidios habitacionales del Estado?

Es una ayuda estatal directa, que se otorga una sola vez al beneficiario, sin cargo de restitución por parte de éste y que constituye un complemento al ahorro que necesariamente deberá tener. Está destinado a apoyar la construcción o compra de una vivienda económica, nueva o usada, ubicada en sectores urbanos o rurales, para uso habitacional del beneficiario y su familia.

El Ministerio de Vivienda y Urbanismo es quien regula la entrega de estos subsidios habitacionales, que son otorgados a través del SERVIU.

¿Con qué tipo de subsidios trabaja MyV?

Nuestros créditos están dirigidos a los beneficiarios de los siguientes subsidios:

  1. Decreto Supremo Nº1, Título I, Tramo 2 para Grupos Emergentes.
  2. Decreto Supremo Nº1, Título II, para Clase Media.
  3. Decreto Supremo Nº116.

Estos subsidios están dirigidos a personas con capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con un crédito hipotecario o con recursos propios.

¿Quiénes pueden postular?

1. Decreto Supremo Nº1, Título I, Tramo 2 para Grupos Emergentes.

Pueden postular familias:

  • Sin vivienda y sin beneficio anterior.
  • Con Ficha de Protección Social (FPS), cuyo puntaje no sea mayor a 13.484 puntos (se permite solo una postulación por cada FPS).
  • Con un ahorro mínimo de 40 UF, depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda el último día hábil del mes anterior  a la fecha de postulación.
  • Con ingresos familiares de máximo 40 UF*. (*) Por cada integrante del grupo familiar que supere los tres integrantes, el ingreso familiar aumentará en 8 UF hasta un máximo de siete integrantes.
  • Que cuenten con preaprobación de crédito hipotecario o un ahorro mínimo de 200 UF (excepto propietarios de sitio que postulen para construir).
  • Que deseen comprar una vivienda nueva o usada de hasta 1400 UF.

2. Decreto Supremo Nº1, Título II, para Clase Media.

Pueden postular familias:

  • Sin vivienda y sin beneficio anterior.
  • Con Ficha de Protección Social (FPS) optativa, otorga puntaje si no supera los a 13.484 puntos (se permite solo una postulación por cada FPS).
  • Con un ahorro mínimo de 80 UF, depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda el último día hábil del mes anterior  a la fecha de postulación.
  • Con ingresos familiares de máximo 60 UF*. (*) Por cada integrante del grupo familiar que supere los tres integrantes, el ingreso familiar aumentará en 8 UF hasta un máximo de siete integrantes.
  • Que cuenten con preaprobación de crédito hipotecario o un ahorro mínimo de 400 UF (excepto propietarios de sitio que postulen para construir).
  • Que deseen comprar una vivienda nueva o usada de hasta 2000 UF.

¿Cuáles son los montos de subsidio?

Decreto Supremo Nº1, Título I, Tramo 2 para Grupos Emergentes:

Mínimo: 200 UF, Máximo 516 UF, dependiendo del valor de la vivienda.

Decreto Supremo Nº1, Título II, para Clase Media.

Mínimo: 125 UF, Máximo 350 UF, dependiendo del valor de la vivienda.

En zonas de renovación urbana o desarrollo prioritario, mínimo: 200 UF, máximo: 300 UF.

¿Cuáles son los pasos para solicitar una subsidio habitacional del Estado?

  1. Cumplir con los requisitos solicitados por el MINVU, entre ellos el ahorro mínimo necesario para postular.
  2. Obtener Certificado de Preaprobación de Crédito. En MyV lo apoyamos con este requisito.
  3. Postular al subsidio con todos los antecedentes requeridos.

¿Dónde puedo postular a estos subsidios?

En municipios, locales del Instituto de Previsión Social (IPS) de la Región Metropolitana y oficinas SERVIU.

También puedes postular vía internet en www.minvu.cl, siempre que su ahorro y preaprobación de crédito estén en instituciones financieras con información en línea con el Ministerios de Vivienda y Urbanismo (MINVU). Además deberá contar

con una CLAVE ÚNICA que se solicita en el Servicio de Registro Civil e identificación.

Para mayor información sobre Subsidios dirigirse a MINVU, haciendo click aquí

Dividendos

¿Dónde puedo pagar mi dividendo?

En Sencillito y Servipag.

Recuerda: En las oficinas de MyV no se reciben pagos de dividendo.

MyV te enviará mensualmente el cupón de pago, este puede ser cancelado entre los días 1 a 10 del mes, la no recepción del cupón no exime de la responsabilidad de pago, si no recibes el cupón a tiempo, puedes imprimirlo directamente aquí o en su defecto concurrir directamente a las cajas de Sencillito con su Cédula de Identidad.

¿Cuándo comienzo a pagar mi dividendo?

Al mes subsiguiente del mes en que se firma la escritura (fecha de repertorio).

Seguros

¿Qué hacer si me quedo cesante?

Encuentra toda la información al respecto aquí

¿Qué otros siniestros además de incendio cubre el seguro de incendio de la vivienda?

Importante: La siguiente lista es orientativa, en caso de siniestro por favor revisar la póliza del seguro del crédito otorgado.

  • Salida de mar originada por sismo.
  • Otros desastres naturales a excepción de rayo.
  • Caída o choque de aeronaves o por los objetos no explosivos caídos desde ellas.
  • Choque o colisión con objetos fijos o flotantes, incluyendo naves.
  • Choque o colisión debido al desplazamiento de objetos fijos o flotantes, incluyendo naves.
  • Colapso de edificio.
  • Daño eléctrico.
  • Daños materiales causados por vehículos motorizados.
  • Daños materiales causados por roturas de cañerías o desbordamiento de estanques matrices.
  • Explosión.
  • Huelga o desorden popular.
  • Sismos superiores a grado vi de la escala de Mercalli.
  • Robo con fuerza.

Recuerda: La materia asegurada es indicada por el Tasador y generalmente corresponde al valor de reconstrucción de la vivienda. Se excluye el valor del terreno.

¿Qué hacer si se incendia o siniestra la vivienda?

Para realizar denuncia de un siniestro de sismo o incendio, deberás enviar la siguiente información a correo msalinas@volvek.cl o vbarra@volvek.cl, adicionalmente podrás contactarte telefónicamente al 232237090, quien se pondrá en contacto con usted e indicará los pasos a seguir:

  • Carta relato de los hechos por el Asegurado (descripción del origen y extensión del siniestro, fecha de ocurrencia, dirección afectada, teléfono de contacto, nombre y RUT del Asegurado, nombre y datos del denunciante).
  • Certificado de bomberos (cuando corresponda).
  • Denuncia en Carabineros o en el Ministerio Público (cuando corresponda).

¿Qué hacer si fallece el deudor o codeudor?

En el caso fallecimiento del deudor o codeudor deberás activar el seguro de desgravamen, en un plazo de máximo de 10 días hábiles.

Para activar el seguro deberás presentar en las oficinas de Volvek, Corredores De Seguros S.A. con:

  1. El certificado de defunción otorgado por el registro civil.
  2. El certificado médico que determina la causa de fallecimiento.

Otros

¿MyV otorga créditos de consumo?

No, solo damos créditos hipotecarios.

¿Qué son los Gastos Operacionales?

Estos son los costos que se incurren para la confección, escrituración y perfección de las escrituras, los conceptos son los siguientes:

  • Tasación
  • Estudio de Títulos
  • Escrituración
  • Impuesto al crédito (cuando corresponda)
  • Notaría

¿Qué hacer si quiero vender mi casa o prepagarla?

  • En el caso de que Ud. quisiera vender su casa a través de otra institución financiera, primero se debe solicitar una liquidación de prepago del crédito al correo informaciones@myvmutuos.cl. Posteriormente informar con que institución va a operar y solicitar cláusula de alzamiento.

 

  • En el caso de querer prepagar la propiedad, se debe solicitar una liquidación de prepago a la fecha en que se desea realizar el prepago al correo informaciones@myvmutuos.cl. Posteriormente se debe enviar respaldo del pago a M&V para gestionar cancelación del crédito y alzamiento de la hipoteca y prohibición. Finalmente M&V informará a Ud. cuando el trámite este completamente realizado.

Sobre el derecho de los consumidores en relación al Alzamiento de Hipotecas

Ley Nº 20.855, regula el Alzamiento de Hipotecas y Prendas que Caucionen Créditos

Paga tu dividendo

Contacto (+56 2) 2 756 56 20
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